Emprender en España siendo extranjero no depende únicamente de tener una buena idea de negocio o de cumplir los trámites habituales para darse de alta como autónomo. Antes de comenzar una actividad económica, es necesario comprobar que la situación administrativa permite trabajar por cuenta propia y, cuando corresponda, obtener la autorización de residencia y trabajo adecuada.
La vía que debe seguirse depende de las circunstancias de cada persona. No es lo mismo un extranjero que todavía reside fuera de España que alguien que ya tiene una autorización de residencia, ni se aplican las mismas reglas a un ciudadano de la Unión Europea que a una persona de un tercer país. Por ello, el primer paso consiste en determinar qué régimen de extranjería resulta aplicable y qué tipo de actividad se pretende desarrollar.
La residencia necesaria para trabajar por cuenta propia
Para un ciudadano de un país no perteneciente a la Unión Europea, al Espacio Económico Europeo o a Suiza que todavía no reside legalmente en España, una de las principales vías es la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la define como la autorización destinada a una persona extranjera no residente que quiere realizar una actividad lucrativa por cuenta propia.
Esta autorización exige acreditar que se cumplen determinadas condiciones relacionadas tanto con la persona como con el proyecto empresarial o profesional. Entre ellas se encuentran no estar en situación irregular, carecer de antecedentes penales en los países correspondientes y disponer de la cualificación profesional o experiencia necesaria cuando la actividad la requiera. También debe justificarse que el proyecto cumple los requisitos legales para su puesta en funcionamiento.
La planificación económica tiene, además, un peso importante. La Administración puede valorar la inversión prevista, la posible creación de empleo y la suficiencia de los recursos económicos para la manutención y el alojamiento del solicitante. Por eso, no basta con describir de forma genérica una futura actividad: la solicitud debe estar respaldada por documentación que permita valorar su viabilidad.
Qué debe acreditar el proyecto de actividad
La autorización de trabajo por cuenta propia está vinculada al proyecto que pretende desarrollar el extranjero. Esto implica analizar previamente cuestiones como el sector de actividad, las condiciones necesarias para ejercerlo, la cualificación profesional exigida y las autorizaciones administrativas que puedan ser necesarias. Tal y como explica Nostrum Legal en su información sobre residencia y trabajo por cuenta propia, entre los aspectos que deben acreditarse se encuentran el cumplimiento de los requisitos legales para abrir y desarrollar la actividad, la cualificación o experiencia profesional, la inversión prevista y los recursos económicos disponibles.
Esta fase es especialmente relevante porque los requisitos no son idénticos para todas las actividades. Una profesión regulada puede exigir una titulación determinada o colegiación, mientras que un negocio comercial puede estar sujeto a licencias, declaraciones responsables u otras exigencias vinculadas al local y al municipio donde vaya a desarrollarse.
También conviene diferenciar entre la autorización migratoria y las obligaciones propias de la actividad económica. Obtener permiso para trabajar por cuenta propia no sustituye los trámites fiscales, laborales o administrativos necesarios para comenzar a operar.
Solicitud desde el extranjero: autorización y visado
Cuando se trata de una persona que todavía no reside en España, el procedimiento comienza con la solicitud de la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia. De acuerdo con la información oficial del Ministerio, la documentación debe permitir comprobar tanto los requisitos personales como las condiciones del proyecto.
Una vez concedida la autorización, el procedimiento continúa con la solicitud del correspondiente visado ante la oficina consular española. La concesión de este visado permite realizar la entrada en España en las condiciones previstas para este tipo de autorización.
Después de entrar en territorio español, el proceso no termina con la obtención del visado. El inicio efectivo de la actividad requiere completar los trámites vinculados al alta y al ejercicio profesional. La propia autorización migratoria establece una secuencia temporal que conviene respetar para evitar que una demora administrativa afecte al comienzo de la actividad.
La situación es diferente cuando el extranjero ya dispone de una autorización de residencia en España. En determinados supuestos, la normativa permite modificar una autorización existente para acceder al trabajo por cuenta propia. El Ministerio contempla, por ejemplo, procedimientos específicos para determinadas personas que ya llevan un periodo de residencia en España.
Alta fiscal y en la Seguridad Social
Una vez resuelta la cuestión de extranjería, el emprendedor debe cumplir las obligaciones asociadas al inicio de una actividad económica. Una de las primeras es el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria.
La Agencia Tributaria establece que el alta censal debe realizarse antes del comienzo de la actividad y se formaliza, con carácter general, mediante el modelo 036. En esta declaración se comunican, entre otros aspectos, los datos relativos a la actividad económica y a las obligaciones tributarias que correspondan.
Después debe atenderse la situación frente a la Seguridad Social. El trabajador por cuenta propia debe tramitar su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), además de cumplir las obligaciones de cotización que correspondan. La Tesorería General de la Seguridad Social contempla específicamente el procedimiento de alta en el RETA para trabajadores autónomos.
Qué ocurre después de comenzar la actividad
El proceso de emprendimiento no termina con la autorización inicial ni con las altas administrativas. El trabajador por cuenta propia debe mantener sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social y conservar la documentación que permita acreditar el desarrollo de la actividad.
Esta cuestión también adquiere importancia cuando llega el momento de renovar la autorización de residencia y trabajo. La normativa contempla diferentes situaciones para la renovación, entre ellas la continuidad de la actividad que dio origen a la autorización, siempre que se hayan cumplido las obligaciones tributarias y de Seguridad Social correspondientes.
Por ello, desde el principio conviene plantear el emprendimiento como un proceso que combina tres ámbitos: la situación migratoria, la actividad económica y las obligaciones fiscales y sociales. Cada uno tiene sus propios requisitos y plazos, pero todos están relacionados con la posibilidad de desarrollar legalmente el trabajo por cuenta propia en España.

